El Servicio de Administración Tributaria da a conocer los gastos de salud que puedes deducir de impuestos, con lo cual podrías tener saldo a favor si presentas las facturas de algunos servicios como análisis clínicos o gastos hospitalarios en tu declaración anual.

Pueden ser deducibles si los gastos fueron efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos. Recuerda que aplican únicamente si realizas el pago por medio de una transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito o de débito, no aplican si pagas con dinero en efectivo.

Gastos de salud deducibles



Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales. El SAT informa que los gastos que no se pueden deducir son aquellos comprobantes que proceden de farmacias.

También aplica para análisis y estudios clínicos, así como comprar lentes graduados en alguna óptica, en este último hasta por un monto de 2 mil 500 pesos.

Para quienes necesiten comprar o alquilar aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente o adquirir una prótesis, estos gastos son deducibles de impuestos.

Las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social están incluidas.

Otros gastos que se pueden deducir son los honorarios de médicos o de servicios dentales brindados por profesionales, así como la atención en materia de psicología y nutrición, únicamente si estos servicios fueron prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.

El SAT también informa que las deducciones de estos impuestos personales no pueden exceder las cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o bien, el 15 por ciento del total de tus ingresos.

Si quieres deducir estos gastos médicos no olvides solicitar tu factura, en algunos casos como los lentes, debe contar con las características con las que se hicieron o contar con el diagnóstico del oftalmólogo u optometrista en la descripción de la factura.

Si tienes dudas o buscas mayores especificaciones para cada caso, puedes visitar la página del SAT sobre Consultas de Orientación en deducciones personales dando clic en este enlace.