La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y particular, aprobaron la nueva Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y las reformas a la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.

Después de 14 horas, con 250 votos a favor, 163 en contra y 14 abstenciones la minuta fue aprobada en lo particular por la Cámara Baja.

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Reservas aceptadas en Ley Federal para la Regulación de Cannabis. El diputado de Morena, Javier Ariel Hidalgo Ponce, propuso modificar el artículo 3 párrafo I fracción XII, relativa al “consumo problemático”. En él se cita: “el uso de cannabis psicoactivo que provoque problemas graves a la salud de las personas”. Con ello se adicionará: “incluyendo la adicción, el abuso, la intoxicación y el uso nocivo, o problemas graves en su desenvolvimiento en el entorno social”.

Víctor Gilberto Aguilar Espinosa, diputado del PRD, propuso modificar el artículo 8, a fin de estipular que este ordenamiento fomentará el bienestar de la población y el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Además se suprime del párrafo “por ende las políticas, planes, lineamientos y programas empleados por el Gobierno Federal buscarán la seguridad, prosperidad y bienestar”.

Mientras que la bancada del PRI presentó la reserva a los artículos 26, 35 y 42, a efecto de eliminar el carácter vinculante de las opiniones de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) y que sea exclusivamente la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) la instancia facultada para emitir las licencias relativas al aprovechamiento industrial del cáñamo.

CAMBIOS EN LA LEY DE SALUD Y EL CÓDIGO PENAL

Respecto a la Ley General de Salud, se aceptó la reserva del diputado Rubén Cayetano García, de Morena, al artículo 477 Bis de la Ley General de Salud, para aumentar la pena de 3 a 4 años de prisión y de 80 a cien días multa a quien posea cannabis psicoactivo sin la autorización.

De la misma bancada, el diputado Rubén Cayetano García planteó una reserva al artículo 198 bis del Código Penal Federal. Con ella quedará: “Se sancionará con pena de tres a siete años de prisión y de ochenta a trescientos días multa, y se aplicará pena de diez meses a tres años de prisión y hasta ochenta días multa a quien posea cannabis psicoactivo con la finalidad de cometer las conductas establecidas en la fracción anterior”.

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ALGUNAS LINEAMIENTOS SOBRE LA MARIHUANA

Con este proyecto se prohíbe el empleo de menores de dieciocho años en cualquier actividad relacionada con la producción, venta y consumo de cannabis. 

También se establecen sanciones por el incumplimiento de lo previsto en la ley; los permisos y licencias; y precisa las bases para la despenalización del cannabis al determinar como falta administrativa la posesión simple de más de 28 gramos y hasta 200 gramos de marihuana.

Además prevé la incorporación de un nuevo sistema de licencias para la producción del cannabis integrado por seis tipos: integrales; aquellas con fines solamente de producción; con fines de distribución; también con fines de venta al usuario final; con fines de producción o comercialización de productos derivados, y con fines de investigación.

El documento que se devolvió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.